4 de diciembre de 2024
Cuando el río suena...Salta

Informar, no es ofender y manipular la información en perjuicio de otro

Compartir

El caso de Luis Ángel Caro, dueño del portal Noticias A, es un ejemplo paradigmático de cómo los límites entre la libertad de prensa y el respeto a los derechos de terceros pueden generar conflictos legales y sociales. Si bien la libertad de expresión es un derecho fundamental, garantizado por la Constitución Nacional y los tratados internacionales, no es un derecho absoluto. Está sujeto a restricciones legítimas, como la protección del honor, la reputación y la integridad moral de las personas, especialmente cuando se ejerce con fines lesivos.

En este caso, Caro desobedeció una orden judicial firme que le prohibía realizar publicaciones agravantes contra el gobernador Gustavo Sáenz, tras ser condenado por un recurso de amparo que ratificó que sus publicaciones afectaban la reputación del mandatario. Al ignorar esta orden y continuar con publicaciones similares, se configura no solo una violación judicial sino un acto que pone en riesgo el equilibrio entre la crítica periodística y el respeto por la dignidad humana.

La postura del abogado defensor, quien argumenta que la detención de Caro es una afrenta a la libertad de expresión, ignora que este derecho debe ejercerse con responsabilidad y dentro de los límites de la legalidad. Los recursos legales para quienes se sienten agraviados, como las demandas por injurias y daños morales, están diseñados precisamente para preservar ese equilibrio. Sin embargo, cuando una orden judicial específica prohíbe ciertas conductas y estas se violan deliberadamente, el enfoque cambia de un posible abuso de libertad de prensa a un caso claro de desobediencia judicial.

El argumento central aquí no es si Caro puede criticar al gobernador o no, sino si esas críticas son realizadas en el marco del respeto y la veracidad, evitando injurias que puedan dañar injustamente la reputación de un tercero. La libertad de prensa no es una carta blanca para emitir opiniones difamatorias; se trata de un derecho que, al igual que todos, debe ser ejercido con límites razonables que protejan la honestidad, el buen nombre y el honor de las personas. Los periodistas y comunicadores ejerzan su labor con responsabilidad ética, evitando caer en prácticas que distorsionen los principios de la prensa libre para convertirla en un instrumento de ataque personal. El debate no radica en restringir la libertad de expresión, sino en garantizar que se utilice como una herramienta para informar, analizar y criticar con fundamentos, sin afectar injustamente a quienes son objeto de dichas publicaciones.

Deja una respuesta