9 de diciembre de 2024
PolicialesSalta

Uno más y van… juzgan al Intendente de Animaná por peculado

Compartir

En la Sala IV del Tribunal de Juicio se lleva a cabo la audiencia de debate en la causa seguida contra José Rolando Guaimás, intendente de Animaná, y de Romina Alejandra Guanca, empleada de ese municipio. Ambos están acusados por el delito de peculado.

El juicio es presidido por la jueza Norma Beatriz Vera. Por el Ministerio Público interviene la fiscal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos 1, Ana Inés Salinas Odorisio.

Los imputados fueron denunciados por realizar una obra en un domicilio particular de la ciudad de Salta con mano de obra y recursos del municipio de Animaná.

La intervención de la UDEC inició a raíz de denuncias de vecinos del barrio García Basalo de la ciudad de Salta, que aseguraban que, desde diciembre de 2020, camiones con la inscripción “Municipalidad de Animaná” llegaban hasta una vivienda en construcción en la zona y depositaban materiales de construcción. Según relataron, en el lugar vive una mujer que es empleada de la comuna del sur provincial y en varias ocasiones vieron al Jefe comunal hablando con la persona a cargo de la obra, que también era empleado de la Municipalidad.

De las investigaciones realizadas por el personal especializado de la UDEC se pudo establecer que el hombre que estaría encargado de la obra en la capital salteña es empleado de la Municipalidad de Animaná desde hace 1992 y, desde hace 15 años, realiza tareas de albañilería en la comuna.

Al ser indagado, el hombre contó que en 2020 se hallaba en Salta por una enfermedad de su esposa y se encontró con el Intendente, quien le habría manifestado que para quedarse en la capital debía trabajar sus horas de planta (de 7 a 13) en la casa de la imputada, en calidad de albañil. Por otra parte, también se pudo establecer que la mujer que reside en la capital salteña es empleada de la Municipalidad de Animaná.

Teniendo en cuenta los informes y los testimonios recabados, la fiscal Salinas Odorisio imputó provisionalmente al Intendente y la empleada de la comuna, en calidad de coautores, del delito de peculado.