26 de julio de 2024
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Las mascotas serán consideradas jurídicamente como “miembros de la familia”

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En España los animales de compañía tendrán a partir de este miércoles un estatuto jurídico diferente al de los bienes materiales y serán considerados “seres vivos dotados de sensibilidad”, es decir que pasarán a formar parte como miembros de la familia. La propuesta fue presentada por el PSOE y Unidas Podemos y prevé la modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el régimen jurídico de los animales para que dejen de ser tratados como objetos.

Esta modificación repercutirá directamente en casos como rupturas familiares, ya sean matrimonios o parejas de hecho. Si no hay acuerdo sobre la “tenencia” de la mascota un juez será el encargado de definir la cuestión y su decisión a favor de uno o ambos será “atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal”. También se contemplan limitaciones a la guarda y custodia de los hijos en casos de antecedentes por maltrato animal ejercido como forma de violencia o maltrato psicológico.

Para lograr este cambio en la norma se tuvo que hacer una triple reforma legal del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil aprobada definitivamente por el Congreso de los Diputados el pasado 2 de diciembre y publicada el 16 de diciembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Si bien el documento no especifica cuándo entrará en vigor la nueva modificación, los tiempos administrativos marcan que estará en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE, es decir, este miércoles 5 de enero.